Magistrados respaldan la autonomía de los pueblos originarios, pero con límites en los derechos humanos
Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los pueblos y comunidades indígenas en México tienen derecho a la libre determinación, a preservar sus formas propias de organización y a resolver conflictos internos conforme a sus sistemas normativos tradicionales.
El caso analizado por el Alto Tribunal se originó cuando una comunidad indígena sancionó a uno de sus integrantes por incumplir cargos comunitarios, ordenando la recuperación de un predio comunal y la demolición de una vivienda construida en dicho terreno.
El Pleno de la SCJN determinó que este tipo de medidas son constitucionalmente válidas, ya que protegen la identidad cultural, la autonomía y la jurisdicción interna de los pueblos originarios, siempre que se ejerzan dentro del marco de la Constitución.
No obstante, la Corte subrayó que la jurisdicción indígena no es absoluta, pues debe ser compatible con los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna.
En ese sentido, el máximo tribunal precisó que cuando una resolución comunitaria implique afectaciones a una vivienda o patrimonio familiar, las autoridades deben garantizar mecanismos de compensación suficiente, a fin de proteger el derecho a una vivienda digna de las personas afectadas.
El fallo corresponde al Amparo Directo en Revisión 10/2026, y sienta un precedente relevante en materia de autonomía indígena y derechos fundamentales en México.
