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CONSULTA INDÍGENA NO LE TOCA AL CEEPAC

San Luis Potosí, SLP.– El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí aclaró de manera contundente quién tiene la responsabilidad de realizar la consulta indígena en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, donde comunidades buscan cambiar el sistema para elegir a sus autoridades municipales y dejar atrás las elecciones por partidos políticos.

De acuerdo con la sentencia del expediente TESLP/JDC/06/2026, publicada el pasado 6 de mayo de 2026, el Tribunal confirmó que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) no tiene facultades legales para organizar este proceso, por lo que la obligación recae directamente en el Congreso del Estado de San Luis Potosí.

La controversia inició luego de que Rafael Reyes Martínez, quien se identifica como integrante del pueblo Tének, impugnara la respuesta emitida por el CEEPAC al considerar que dicho organismo debía encargarse de la consulta. Sin embargo, los magistrados resolvieron que la Ley de Consulta Indígena del estado únicamente faculta a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial para llevar a cabo este tipo de procedimientos.

La llamada consulta indígena es un mecanismo mediante el cual los pueblos originarios tienen derecho a ser escuchados antes de que se tomen decisiones que impacten su vida comunitaria y política. En este caso, las comunidades buscan decidir si continúan votando mediante partidos políticos como MORENA, PRI o PAN, o si adoptan un sistema basado en usos y costumbres, mediante acuerdos y asambleas comunitarias.

El Tribunal también recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había advertido previamente que cualquier reforma relacionada con derechos político-electorales indígenas debe pasar obligatoriamente por una consulta previa, libre e informada. Esto quedó establecido en las Acciones de Inconstitucionalidad 141/2022 y 152/2022, donde incluso se invalidaron modificaciones por no haber consultado adecuadamente a las comunidades.

Además, la resolución ordena notificar al Congreso local para que cumpla con esta responsabilidad y solicita que la sentencia sea traducida a las lenguas Tének y Náhuatl, tanto en formato escrito como en audio, para que las comunidades involucradas conozcan directamente el alcance de la decisión.

Con este fallo, el Tribunal dejó claro que el CEEPAC no se negó a apoyar a las comunidades indígenas, sino que legalmente no le corresponde realizar la consulta. Ahora, la presión política y social apunta directamente hacia el Congreso del Estado.