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Morena y PRI respaldan el uso del fracking: Ha nacido el PRIMOR

Juan Felipe Cisneros Sánchez / Observatorio Indígena Mesoamericano.

Los senadores de Morena y del PRI representan hoy una claudicación ideológica y constitucional, al ignorar la jerarquía de los derechos humanos y la naturaleza pluricultural de la nación. Morena utiliza los programas sociales como moneda de cambio para justificar el extractivismo, incurriendo en una contradicción ética insalvable con sus bases; mientras tanto, el PRI, en su rol de facilitador del capital, celebra la adopción de su propio modelo neoliberal salinista por parte de sus antiguos detractores.

Ambos bloques ignoran que la verdadera soberanía reside en la protección de la gente y su territorio. Al entregar el subsuelo al fracking y al capital privado, están sacrificando la simiente de la nación —los pueblos indígenas— en el altar de una modernidad energética que, por definición, es insostenible y excluyente.

A estos «representantes populares», que ahora se envisten como «representantes de las trasnacionales», les dio amnesia. Olvidan que el Artículo 1º establece que en México todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, y que su ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos que la misma establece.

El discurso de Morena justifica el fracking bajo el argumento de «financiar programas sociales» y «crecer económicamente». Esto representa una visión utilitarista donde el Estado sacrifica derechos fundamentales (salud, medio ambiente sano, acceso al agua) en aras de un beneficio económico transitorio; pues el fracking tiene una vida útil de apenas 5 años en promedio, pero deja un territorio devastado para siempre.

No se puede defender la «soberanía nacional» vulnerando la seguridad ambiental y alimentaria de los ciudadanos. Al permitir la inversión mixta y el capital privado en proyectos de extracción agresiva, la soberanía se convierte en una retórica de fachada que oculta la entrega de recursos a dinámicas de mercado que el mismo movimiento prometió combatir.

El Artículo 2º reconoce que la Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, quienes tienen autonomía para «conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras». Si bien el Artículo 27 constitucional otorga a la Nación el dominio directo de los hidrocarburos, el Artículo 2º y el Convenio 169 de la OIT obligan a la Consulta Previa, Libre e Informada. Dicha consulta fue omitida en tiempo y forma; por tanto, las comunidades indígenas han expresado su no consentimiento a la exploración y explotación petrolera. Intentar reponer un derecho vulnerado como lo es la consulta indígena es inútil, pues está ya está viciada de origen por la omisión sistemática.

Ambos bloques de «zánganos políticos» omiten que gran parte de las reservas de gas no convencional se encuentran en territorios indígenas, como la Huasteca o el Totonacapan. Morena peca de un «progresismo extractivista»: usa la ciencia para renombrar el fracking y hacerlo digerible, ignorando que la técnica, por más «evolucionada» que sea, compite directamente por el agua de las comunidades. Por su parte, el PRI exhibe un oportunismo cínico: no critica el daño al territorio, sino la demora en la entrega del recurso al capital privado, validando una «utilidad pública» que históricamente ha significado el desplazamiento de pueblos originarios.

La retórica senatorial intenta colocar la «autosuficiencia energética» como un bien superior a la integridad de los pueblos. Sin embargo, conforme al bloque de constitucionalidad, la utilidad pública no es un cheque en blanco para el Estado. Si una técnica de extracción pone en riesgo la base de subsistencia de una comunidad (su agua y su tierra), el Artículo 1º obliga a la autoridad a aplicar el principio pro persona y proteger la vida sobre la renta petrolera.

Ignacio Mier afirma que «lo que se conocía como fracking ya no tiene la misma denominación». Este es un eufemismo técnico que busca eludir la responsabilidad política. Cambiar el nombre a la fractura hidráulica no cambia sus efectos geológicos ni el modelo de negocio que privilegia a las trasnacionales. La «inversión mixta» en este contexto no es soberanía; es la externalización del riesgo ambiental a las comunidades mientras se comparten las ganancias con el capital privado.

Los pueblos indígenas son los propietarios ancestrales de los territorios donde se pretende intervenir. Al priorizar la «inversión voraz», el Senado reduce a los pueblos originarios a simples obstáculos para el desarrollo, violando el espíritu del Artículo 2º que los mandata como sujetos de derecho público.